MECANISMO DE RECLAMACIÓN

Artículo 1 - Definiciones

En este procedimiento de reclamación, se aplican las siguientes definiciones:
(i) Denunciacualquier manifestación escrita de insatisfacción por parte del cliente o en su nombre contra el abogado o las personas que trabajan bajo su responsabilidad acerca de la celebración y ejecución de un contrato de compromiso o la calidad de los servicios;
(ii) Denunciante: el cliente o su representante que presenta una denuncia;
(iii) Responsable de reclamacionesPersona que tramita la denuncia.

Artículo 2 - Ámbito de aplicación

El presente procedimiento de reclamación se aplica a cualquier contrato de trabajo entre ARM Abogados y el cliente. Todo cliente tiene derecho a reclamar por el modo en que un empleado de ARM Abogados se ha comportado con él o con otro.

Artículo 3 - Objetivos

La finalidad de este procedimiento de reclamación es:
a. establecer un procedimiento para gestionar las quejas de los clientes de forma constructiva;
b. mantener y mejorar la calidad del servicio mediante el análisis de las reclamaciones;
c. velar por que las reclamaciones se tramiten de forma rápida, cuidadosa y gratuita.

Artículo 4 - Información al inicio de la prestación de servicios

  • Este procedimiento de reclamación está a disposición del público en la página web de ARM Abogados (www.arm-abogados.com).
  • El cliente será informado de este procedimiento de reclamación al inicio del servicio mediante la carta de contratación.
  • Las reclamaciones contempladas en el artículo 1 que no se resuelvan tras el tratamiento podrán presentarse ante la autoridad competente de los Países Bajos o de España, en función de la elección de la legislación aplicable en el acuerdo.

Artículo 5 - Presentar una denuncia

La denuncia debe incluir como mínimo:

  • el nombre y la dirección del denunciante;
  • la fecha de presentación de la denuncia;
  • una descripción de la conducta contra la que se dirige la denuncia.
    La queja puede presentarse por escrito al responsable de quejas:
    Sr. Adolfo Ramos Molina, ARM Abogados.

Artículo 6 - Procedimiento interno de reclamación

  1. Si un cliente se dirige a la empresa con una queja, ésta se dirigirá al responsable de quejas designado.
  2. El responsable de quejas dará al demandante la oportunidad de explicar su queja.
  3. El responsable de quejas intentará llegar a una solución junto con el demandante.
  4. El responsable de quejas resolverá la queja en un plazo de cuatro semanas a partir de su recepción. Si esto no es posible, se notificará al denunciante, indicando el motivo del retraso y el nuevo plazo.
  5. El responsable de quejas informará por escrito al demandante del dictamen sobre el fondo de la queja, acompañado o no de recomendaciones.
  6. La decisión del responsable de quejas no puede ser objeto de objeción ni de recurso.

Artículo 7 - Registro y análisis de las denuncias

  • El responsable de quejas registra la queja con los temas de queja asociados.
  • Las reclamaciones se analizan anualmente para mejorar el servicio.
  • Las quejas se tratarán confidencialmente y se conservarán durante al menos cinco años.

Artículo 8 - Contacto y disposiciones finales